viernes, 27 de julio de 2012

Eficiencia energética en los edificios

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La Directiva 2010/31/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios obliga a los estados miembros a la fijación de unos requisitos en materia de eficiencia energética en los edificios, revisando estos requisitos cada cinco años. Una vez fijados estos requisitos por los estados miembros podrán diferenciar entre edificios nuevos y existentes.

Entendiendo que los edificios nuevos deben respetar estas exigencias y, antes del inicio de su construcción, serán objeto de un estudio de viabilidad relativo a la instalación de sistemas de abastecimiento de energías renovables, bombas de calor, sistemas de calefacción y refrigeración urbanos o colectivos y sistemas de cogeneración.

En cuanto a los edificios existentes, cuando son objeto de trabajos de renovación importantes, deben beneficiarse de una mejora de su eficiencia energética de tal forma que puedan satisfacer igualmente los requisitos mínimos.

Además se fija un objetivo energético de consumo “casi nulo“ para nuevos edificios a partir de 2021. Concretamente a partir del 31 de diciembre de 2020, todos los edificios nuevos deben tener un consumo de energía casi nulo. Los nuevos edificios que estén ocupados y que sean propiedad de las autoridades públicas deben cumplir los mismos criterios después del 31 de diciembre de 2018. La Comisión promueve el crecimiento del número de edificios de este tipo mediante la puesta en marcha de planes nacionales, que incluyen:

·         la aplicación detallada en la práctica por el Estado miembro de la definición de edificios de consumo de energía casi nulo;
·         unos objetivos intermedios para mejorar la eficiencia energética de los edificios nuevos en 2015 a más tardar;
·         información sobre las políticas y medidas financieras o de otro tipo adoptadas para promover los edificios de consumo energético casi nulo.

España ha integrado parcialmente las exigencias de la Directiva que obliga la disponibilidad de Certificado de Eficiencia Energética para inmuebles que se vayan a comprar, vender o alquilar. El proyecto de Real Decreto de Certificación de Eficiencia Energética de Edificios Existentes fija que a partir del 1 de enero de 2013 será obligatorio dicho certificado para poder realizar cualquier transacción comercial de un inmueble.

Todas estas nuevas directivas, junto al Plan de Energías Renovables (2011-2020) y el Plan de Acción Nacional de Energías Renovables del gobierno español hacen que las perspectivas de instalación de energía solar térmica para ACS en las viviendas sea muy elevadas, cuadruplicando la potencia total instalada en el país hasta la fecha.

La instalación de sistemas de eficiencia energética deberá realizarse, no sólo para nuevos edificios y edificios rehabilitados, sino que también involucra a las viviendas unifamiliares (pisos y apartamentos).