
Cuando hablamos de horas equivalentes estamos presuponiendo funcionamiento de las instalaciones a pleno rendimiento. De esta forma si tenemos una instalación de 100 kWp y la multiplicamos por las 1.250 horas de funcionamiento que fija el gobierno, tendremos una producción de 125.000 kWh al año que serán compensadas vía tarifa.
Sin embargo, en Andalucía por ejemplo, pueden obtenerse producciones equivalentes del orden de 1.400 horas por cada kWp instalado. Os recomiendo que visitéis la web de la Comisión Europea donde se encuentra alojado el programa PVGIS que os permitirá realizar el cálculo para cualquier país europeo o africano: http://re.jrc.ec.europa.eu/pvgis/.
Por lo tanto, aunque se mantengan los importes fijados en la tarifa que a cada promotor fotovoltaico se le asigno, al limitarse el número de horas de funcionamiento al año de las instalaciones con derecho a retribución, puede decirse que de facto se está disminuyendo la retribución global que el promotor percibirá todos los años, con lo que podemos hablar de retroactividad sin miedo a equivocarnos.
Esto significa una malísima planificación por parte del gobierno que no llegó a valorar correctamente el coste de esta tecnología y las posibilidades de crecimiento acorde la remuneración percibida por el promotor. A partir del año que viene la tarifa disminuirá hasta en un 45% en las instalaciones en suelo por lo que puede afirmarse que el sector está herido de muerte en España.