jueves, 30 de diciembre de 2010

El final de la industria fotovoltaica en España

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A los dos nuevos Reales Decretos aprobados por el gobierno a finales y principios de noviembre y diciembre, respectivamente, se les ha unido ahora el Real Decreto Ley 14/2010 que significa un atentico jarro de agua fría para el sector fotovoltaico español. La tan renombrada retroactividad toma forma en éste sector reduciéndose la posibilidad de recibir remuneración acorde con la legislación más allá de las 1.250 horas equivalentes al año. Este límite se aplicará para toda la producción eléctrica fotovoltaica hasta el año 2014.

Cuando hablamos de horas equivalentes estamos presuponiendo funcionamiento de las instalaciones a pleno rendimiento. De esta forma si tenemos una instalación de 100 kWp y la multiplicamos por las 1.250 horas de funcionamiento que fija el gobierno, tendremos una producción de 125.000 kWh al año que serán compensadas vía tarifa.

Sin embargo, en Andalucía por ejemplo, pueden obtenerse producciones equivalentes del orden de 1.400 horas por cada kWp instalado. Os recomiendo que visitéis la web de la Comisión Europea donde se encuentra alojado el programa PVGIS que os permitirá realizar el cálculo para cualquier país europeo o africano: http://re.jrc.ec.europa.eu/pvgis/.

Por lo tanto, aunque se mantengan los importes fijados en la tarifa que a cada promotor fotovoltaico se le asigno, al limitarse el número de horas de funcionamiento al año de las instalaciones con derecho a retribución, puede decirse que de facto se está disminuyendo la retribución global que el promotor percibirá todos los años, con lo que podemos hablar de retroactividad sin miedo a equivocarnos.

Esto significa una malísima planificación por parte del gobierno que no llegó a valorar correctamente el coste de esta tecnología y las posibilidades de crecimiento acorde la remuneración percibida por el promotor. A partir del año que viene la tarifa disminuirá hasta en un 45% en las instalaciones en suelo por lo que puede afirmarse que el sector está herido de muerte en España.

martes, 21 de diciembre de 2010

Nuevos Reales Decretos para el sector renovable en España

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En menos de un mes se han publicado dos Reales Decretos muy importantes para el sector renovable español. Uno de ellos, el RD 1565/2010 modifica determinados aspectos relacionados con la producción de electricidad en el régimen especial, reduciendo en un 5 y un 25% la tarifa que recibirán las instalaciones solares fotovoltaicas sobre cubiertas si son iguales o menores de 20 kW o mayores de 20, respectivamente. Además la reducción será del 45% para instalaciones en suelo. En la cuarta convocatoria de 2010, antes de la aplicación del nuevo RD, se establecía una tarifa de 32,19, 28,68 y 25,86 c€/kWh producido, respectivamente. Con lo cual, en el caso de las nuevas instalaciones solares fotovoltaicas en suelo quedará fijada la nueva tarifa en torno a los 13 c€/kWh, lo que significa que prácticamente se alcanza la paridad de red para estas instalaciones. El otro Real Decreto publicado el día 8 de diciembre es el 1614/2010, por el que se regula el sector solar termoeléctrico y el eólico. En este caso se limitan las horas de funcionamiento de estas instalaciones, por encima de las cuales el productor no recibirá primas, y además se reduce la prima que recibirá el productor eólico en un 35% para los proyectos que entraron en funcionamiento a partir de enero de 2008. Estos dos Reales Decretos no son buenos para el sector renovable ya que establecen una reducción en la retribución que cobran los productores de las principales tecnologías renovables que operan en España. No obstante, significan un alivio para las instalaciones en funcionamiento ya que elimina la amenaza del fantasma de la retroactividad.