Mostrando entradas con la etiqueta primas. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta primas. Mostrar todas las entradas

jueves, 12 de abril de 2012

Primas y primas de referencia a las energías renovables

2 comentarios:
Al productor de energía eléctrica, inscrito en el régimen especial, se le ofrece la posibilidad de vender toda su producción eléctrica a una tarifa regulada, o bien, acudir a mercado y obtener el precio marcado en el pool más una prima de referencia. 

Supongamos que un productor eólico que tiene en propiedad un parque de 50 MW de potencia, desea vender su producción a tarifa regulada. En este caso, como se indica en la tabla obtendría 7,3228 c€/kWh producido (73,22 €/MWh). Este importe es el de salidad marcado en el año 2007, actualmente se ha actualizado teniendo en cuenta la subida del IPC. Si la producción de ese parque eólico es de 125.000 MWh/año la facturación que se realizaría sería por importe de 9.152.500 €.

Este productor podría optar, en el momento de iniciar su actividad de generación de energía eléctrica, por acudir a mercado. En este caso optaría a una prima de referencia de 2,921 c€/kWh, aparte del precio que cobrara en el pool cada día. Sin embargo, esta prima no es fija, es variable dependiendo del mercado. Además, el legislador le garantiza un suelo 7,1275 c€/kWh producido.



Supongamos, ahora, que el precio de mercado, para un día determinado, asciende a 3,69 c€/kWh. El productor eólico recibiría esos 3,69 c€ más el valor de la prima de referencia, 2,92 c€, lo que supone 6,61 c€/kWh inyectado en red. Como este valor es inferior al suelo marcado, la prima deberá incrementarse hasta los 7,12 c€, lo que implica 0,51 c€. A este valor habría que sumarle la prima de referencia, 2,92c€, por lo que finalmente obtendríamos un importe de 3,43c€.

Finalmente, el productor eólico, recibiría 3,69 c€ más 3,43 c€, lo que significa una remuneración por kWh vertido a la red de 7,12c€.

lunes, 20 de febrero de 2012

Moratoria Renovable. RDL 1/2012

2 comentarios:
El primer RDL del año 2012 no ha podido ser peor para las energías renovables. Su publicación implica una moratoria en la asignación de primas, sin fecha de fin, para todas las instalaciones incluidas en el régimen especial ya que se suprimen las primas que los productores podrían cobrar por la producción de energía eléctrica de las nuevas promociones que aun no estén preasignadas.

Del mismo modo se realiza una suspensión del procedimiento de preasignación y los complementos por eficiencia y por energía reactiva, todos ellos reconocidos en el RD 661/07.

Este RDL contraviene lo dispuesto en la Ley del Sector Eléctrico ya que reconocía a los productores de energía eléctrica incluidos en el régimen especial el derecho de percepción de una prima según los términos que posteriormente el RD nombrado estableció.

Además significa un parón en cuanto a generación de puestos de trabajo, inversiones y desarrollos tecnológicos que ahora se exportarán a terceros países.

En principio las instalaciones que sufrirán la moratoria son las que no están inscritas en el registro de preasignación, o las que estando inscritas en el registro hayan sido excluidas por no cumplir los requisitos preceptivos. Si el retraso en el proceso de inscripción se debe a la administración habrá que determinar en cada caso la resposabilidades del mismo.

La situación para las empresas promotoras se hace complicada ya que dependiendo de la Comunidad Autónoma donde iban a efectuar su promoción, han tenido que soportar grandes costes para poder presentarse a los concursos de priorización. Cada Comunidad Autónomas ha fijado unas condiciones por lo que la realidad de cada empresa será distinta dependiendo de esta circunstancia. En el caso de que la promoción no vaya finalmente a realizarse las empresas podrán reclamar este sobrecoste a cada Comunidad.

Hay que dejar claro, según comunicado de la propia Dirección General de Política Energética y Minas, que las promociones renovables que a partir de ahora comiencen a realizar su actividad productiva, sin estar dadas de alta en el registro de preasignación de retribución, tendrán el derecho a producir energía eléctrica si reúnen los requisitos técnicos y normativos, ya el otorgamiento de las autorizaciones para poner en funcionamiento una instalación de producción es reglado y además, en esta actividad, rige el principio de libre iniciativa empresarial, no pudiendo limitarse este derecho siempre que la instalación cuente con todos los requisitos legales establecidos para realizar su actividad.

Por tanto, este Real Decreto Ley no imposibilita la ejecución de nuevas instalaciones de producción en régimen especial. Estas nuevas instalaciones percibirán por la energía inyectada en red la retribución del mercado de producción en virtud de la legislación vigente.

viernes, 28 de enero de 2011

Tarifas y primas para las energías renovables

No hay comentarios:
El Real Decreto Ley 14/2010 aprobado a finales de año para “felicitar” las fiestas navideñas a los productores de energía renovables mediante sistemas fotovoltaicos se ha refrendado en el Congreso de los Diputados por sus señorías.

Cada vez se agotan más y más las posibles vías para buscar una salida consensuada a la crisis que viene padeciendo el sector desde hace dos años. La manifestación a las puertas del Congreso celebrada el día 25 de enero en la que participaron varios cientos de personas no refleja la gravedad de la situación actual y como esta situación afecta a la credibilidad del país y al progreso social y económico que implica el necesario cambio de modelo energético.

Mucho se ha hablado, malintencionadamente, de que la energía solar fotovoltaica es cara que está excesivamente primada y que los productores se están forrando a costa de todos los españoles.

Esto, sin embargo, es falso. Los productores de energía solar fotovoltaica no reciben ni una subvención, ni una prima, ni tan siquiera una ayuda, por producir energía eléctrica. Reciben únicamente una tarifa que está regulada por ley. Por lo tanto, basta ya de hacer creer a la opinión pública que los fotovoltaicos estan ganando cantidades ingentes de dinero gracias a las ayudas estatales.

Todos los productores eléctricos, independientemente de la tecnología que utilicen para producir esta electricidad, reciben una tarifa cada día en el mercado eléctrico por su producción. Algunas renovables, además de esta tarifa, reciben una prima de producción. Es decir, estas últimas cobran el precio de mercado de ese día más una prima fija que paga el gobierno. Sin embargo, los productores fotovoltaicos no van a mercado, ni tampoco reciben primas por su producción. Tienen una tarifa regulada por ley que es fija durante todo el año y que cobran independientemente de la fluctuación de los precios del mercado.

Por lo tanto, es un error de hablar de ayudas al sector fotovoltaico, ya que este sector no recibe tales ayudas.

Entonces, ¿dónde está el problema? En 2004 se establece mediante Real Decreto 436/2004 el porcentaje sobre la tarifa media regulada (TMR), que se asignará a la producción fotovoltaica. Se asigna un porcentaje del 575% sobre esta tarifa a la producción fotovoltaica obtenida con instalaciones de menos de 100 kW, quedando fijado su precio en 0,42 €/kWh. Las instalaciones de potencia superior a 100 kWh se benefician de una asignación del 300% de la TMR, quedando fijado su precio en 0,219 €/kWh.

Durante el año 2007 se aprobó el Real Decreto 661/2007 por el que se desligaba el pago al productor de energía solar fotovoltaica de la TMR. Las tarifas reguladas para instalaciones con potencias inferiores a 100kW quedaron fijadas en 0,44 €/kWh producido.

Aquí se produjo el gran error por parte del gobierno. No se valoró correctamente el coste que suponía la promoción de nuevas instalaciones solares fotovoltaicas sobrevalorando la tarifa que se iba a conceder al productor. Los fabricantes rápidamente hicieron sus cuentas y se dieron cuenta de que podían vender los paneles a más de 6.000 € el kWp. Aun así los pedidos superaban ampliamente su capacidad de producción. El bajón en el precio de la tarifa en el año 2008 hizo que los fabricantes disminuyeran el precio de sus paneles por debajo de 2.000 € el kWp. No obstante, siguieron vendiendo y obteniendo, naturalmente, beneficios.

Está claro que no se cuantificó correctamente el coste real que suponía promover una instalación fotovoltaica. El promotor siempre actuó de buena fe y ahora tiene que pagar los errores de un Ministerio de Industria que no supo estar a la altura.