Se ha publicado un nuevo Real Decreto Ley que
esta vez no ha pillado por sorpresa a los productores energéticos acogidos al
régimen especial de producción de energía eléctrica (cogeneradores y la mayoría
de las renovables).
Y digo que no ha pillado por sorpresa, no porque
la medida sea lógica, sino porque desde hacía meses ya se conocían las
intenciones del gobierno. Un gobierno que en una huida hacia ninguna parte se
ha fijado un único objetivo en su política económica: el recorte. Da igual el
daño que se genere hoy. Todo se hace por el bien general, para conseguir crecer
en el futuro, porque es necesario y porque no queda otra opción. Sin embargo,
para tener futuro hay que tener un presente y este nuevo recorte implica que
muchas familias y empresas no tendrán derecho a este presente.
En la exposición de motivos del RDL se dice
textualmente:
La alternativa
que se plantea (a este nuevo
recorte) sería un nuevo incremento de los peajes de acceso que pagan los
consumidores eléctricos. Esta medida afectaría de manera directa a las
economías domésticas y a la competitividad de las empresas, ambas en una
delicada situación dada la actual coyuntura económica.
Lo que ocurre, en este y en la mayoría de los
casos, es que a quien se dice que se quiere proteger (familias y empresas) es a
quien se está perjudicando, ya que fueron muchas las familias y pequeñas
empresas que apostaron por realizar instalaciones energéticas renovables
(fotovoltaicas la mayoría) y ven ahora como el ingreso que le reporta su
instalación renovable no le da para cubrir ni siquiera los costes de
mantenimiento y financiación, por lo que la mayoría de estas instalaciones entrarán
en quiebra.
El RD 661/07 fijaba un compromiso estatal de
ajustar, todos los años, el precio de la tarifa eléctrica que cobraban los
productores a la evolución del IPC. Esta obligación se ha anulado con la publicación
del nuevo RDL 2/2013. En su lugar, para realizar el cálculo de la actualización
anual se eliminará del índice general (IPC), la subida de precios originada por
los alimentos no elaborados y por los productos energéticos.
Toda una paradoja, se elimina para el cálculo de la
actuación de la tarifa que van a cobrar los productores de energía eléctrica en
régimen especial, la subida de precios que en el sector de productos energéticos
se ha producido durante ese año.
Este índice que a partir de ahora
se utilizará para el cálculo de la actualización de la tarifa tradicionalmente se
ha conocido como “IPC subyacente”, que no es más que una eliminación de la subida
de precios de ciertos bienes y servicios utilizados en el cálculo del IPC general.
Esta inflación subyacente generalmente siempre está por debajo del IPC general,
con lo que la disminución, una vez más, de ingresos para los productores energéticos
adscritos al régimen especial está garantizada.
El texto completo de la norma puede descargarse desde:
http://www.boe.es/boe/dias/2013/02/02/pdfs/BOE-A-2013-1117.pdf
El texto completo de la norma puede descargarse desde:
http://www.boe.es/boe/dias/2013/02/02/pdfs/BOE-A-2013-1117.pdf
2 comentarios:
Tiene que fomentarse el camino hacia el auto-consumo.
Mas que hacia el autoconsumo, que ya existe e incluso legalmente es posible, debe aprobarse legalmente el balance eléctrico neto. Más información en: http://generaciondistribuida.blogspot.com.es/2012/12/autoconsumo-electrico-versus-balance.html
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